PERSONALIDAD DE LAS PERSONAS MORALES.
No basta que el testimonio de mandato con que se ostenta alguna persona, como apoderado o representante de una persona moral privativa, tenga la certificación de un notario, en que se haga constar la existencia de mandato, sino que es preciso acreditar la de la misma persona moral, su naturaleza, su nacionalidad y las leyes conforme a las cuales fue constituida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809775-2c18a778/personalidad-de-las-personas-morales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1512/23. Wohler Bartning, sucesores. 5 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis M. Calderón y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- PODERES NOTARIALES, REQUISITOS PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD EN LOS. ( [TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 123)
- APODERADOS DE PERSONAS MORALES. REQUISITOS PARA JUSTIFICAR SU PERSONALIDAD. (I. 4o. A. 721 A)
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