AMPARO CIVIL.
La demanda relativa debe ajustarse estrictamente a lo mandado por el artículo 70 de la Ley de Amparo, y señalar como causa de violación todo el procedimiento de un juicio, no es cumplir con las prescripciones del citado artículo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809940-b68f8365/amparo-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1611/28. Poblete Facundo. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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