AGRAVIOS.
No pueden alegarse en la revisión como causas de agravio, las que no fueron comprendidas en la demanda de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810126-5b8c9e07/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3709/28. Perechena viuda de Rodríguez Carolina. 24 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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