TESTIGOS.
El hecho de que los testigos rindan su declaración sin haber prestado antes la protesta legal, y sin expresar en forma sacramental la razón de su dicho, no desvirtúa la validez de su testimonio, cuya verosimilitud debe ser calificada por el Juez de la causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810131-98d044fe/testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2573/23. González Vicente L. y coagraviado. 25 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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