REQUERIMIENTO DE DESOCUPACION.
Durante las diligencias previas de desocupación y lanzamiento, no pueden admitirse más excepciones que la de pago; debiendo presentarse las otras que tuviere el demandado, cuando exista el juicio y sin que por eso deje de llevarse adelante el lanzamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810191-e5529f84/requerimiento-de-desocupacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Talleri Eugenio. 1o. de noviembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Alberto M. González no votaron en este asunto, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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