REVOCACION.
Si contra una resolución judicial se interpuso y admitió el recurso de revocación, ya no cabe dar entrada al amparo, contra la referida resolución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810290-9bf75ae5/revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3062/26. Hernández de la Garza José. 14 de octubre de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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