JUICIOS MERCANTILES.
Si no se ha hecho la designación del lugar en que el deudor deba ser requerido de pago, será competente para conocer de dichos juicios, el del domicilio del mismo deudor, sea cual fuere la acción que se ejercite.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810557-7f28ae9e/juicios-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en materia civil. Suscitada entre los Jueces, Tercero de lo Civil de Guadalajara y de Primera Instancia de lo Civil de Culiacán. 20 de febrero de 1922. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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