CASACION.
La ley procesal del Distrito Federal previene que, en los escritos en que se interponga el recurso de casación, deberá estudiarse precisamente la ley infringida, y el hecho en que consiste la infracción, así como la causa por la que se introduce el recurso, fijando en cuál de las que la ley previene se funda, esto es, si se dirige contra violaciones cometidas en la sentencia, o por infracciones de procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810617-bf0048c7/casacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Galarza Tomás. 17 de febrero de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CASACION, EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis