REVOCACION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
El sobreseimiento que se dicte en el juicio de amparo, no es causa superveniente para revocar la suspensión, si tal sobreseimiento no ha causado ejecutoria, por estar en revisión ante la Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810797-db955220/revocacion-por-causa-superveniente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Pliego de Carmona Vicente, sucesión de. 5 de noviembre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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