SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
Para que exista causa superveniente para revocar la suspensión concedida, debe tratarse de un hecho material acaecido con posterioridad que cambie la situación jurídica creada por la resolución de suspensión, y no puede tenerse como tal un elemento de prueba que no fue rendido oportunamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305869-2adbcf7c/suspension-por-causa-superveniente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 6286/49. González Pedro y coags. 24 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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