CONTRAFIANZA.
Su finalidad jurídica es dejar sin efecto la suspensión concedida en un amparo y, por tanto, expedita la jurisdicción de la autoridad responsable para ejecutar el acto reclamado. Por ella, el tercero perjudicado sólo se obliga a la restitución de las cosas al estado que guardaban antes de la violación, lo que sí origina dificultades de hecho, para nada tiene que intervenir en su resolución el Tribunal Federal, sino la autoridad responsable, que es la que ordena el acto que se reclama y la que debe ejecutarlo, en virtud de que, por la contrafianza, queda expedita su jurisdicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810822-dd5ff53a/contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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