JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
No porque tengan facultades judiciales, lo mismo que las autoridades agrarias, se infiere que formen parte del Poder Judicial, ya sea local o federal, sino que conservan su carácter de autoridades administrativas; y, por tanto, del amparo que se promueva contra sus actos, toca conocer al Juez de Distrito bajo cuya jurisdicción esté el lugar en que el acto que se reclama, se haya ejecutado o trate de ejecutarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810914-e40b6973/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo indebidamente interpuesto ante la Corte. Lawrence Luis B. 23 de septiembre de 1918. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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