PROTECCION FEDERAL.
Cuando la que se imparta respecto de uno de los actos reclamados, traiga por consecuencia que las autoridades responsables deban reformar los otros actos que fundamentaron la queja, debe estudiarse, previamente, si el amparo procede contra el primero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811027-7335867f/proteccion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Castillo Bernardino. 28 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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