POSESION DE INMUEBLES.
Su respeto no queda a salvo con el simple reconocimiento que se hace de ella en una diligencia judicial, si no se localizan ni se determinan los linderos del inmueble que se dice respetado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811122-188345a4/posesion-de-inmuebles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil, en revisión. García Meza Jesús. 1o. de octubre de 1917. Mayoría de seis votos. Disidentes: José M. Truchuelo, Enrique Colunga, Manuel E. Cruz, Victoriano Pimentel y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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