RECURSOS ORDINARIOS.
Su admisión no causa perjuicio alguno, ya que los quejosos conservan expeditos sus derechos para hacerlos valer durante la sustanciación del recurso; por lo que es lógico negar la suspensión contra el auto que los admite.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811182-6ca4866f/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Aranda viuda de Aranda Natalia. 16 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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