FORMAL PRISION.
La que se decreta sin estar debidamente comprobado el cuerpo del delito, es violatoria de los artículos 14, 16 y 18 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811477-4b917158/formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Michaus Juan L. 28 de enero de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- FORMAL PRISION. (s/clave)
- FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis