PROTECCION CONSTITUCIONAL.
No cabe concederla, por circunstancias que no se han examinado en los autos del juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811600-ef8a1b2d/proteccion-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Nava Blas. 25 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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