SEGUNDA INSTANCIA.
Proporciona a los litigantes la oportunidad de alegar ampliamente, para fundar sus derechos, si han sido agraviados en primera instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811683-c622f1ca/segunda-instancia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Quintal Paredes Fidelia, sucesión de. 10 de mayo de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Enrique García Parra, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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