CONTRAFIANZA.
No es procedente admitirla cuando el amparo se pide contra un lanzamiento, porque los perjuicios causados en esa diligencia, no son puramente materiales, sino también de carácter moral y de muy difícil reparación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811719-031f0231/contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Puerto José C. 5 de junio de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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