PEQUEÑA PROPIEDAD.
Aunque el espíritu del artículo 27 constitucional es favorecerla, esto debe entenderse de la ya constituida, y no de la que simplemente se ha proyectado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811724-e5484cd9/pequena-propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Cuétara Rafael. 11 de junio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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