DEMANDA DE AMPARO TELEGRAFICA.
Deberá ser ratificada por escrito, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se interpuso por telégrafo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811854-6a08fea8/demanda-de-amparo-telegrafica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda, por extemporánea. Franco de Elizondo Macrina. 13 de septiembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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