Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO. EFECTOS DE LA NOTIFICACION DE TERMINACION DEL CONTRATO DE. DEMANDA NO EXTEMPORANEA.

Clave: 4 · Registro digital (IUS): 812036 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1062

La consecuencia de la notificación de terminación del contrato de arrendamiento por tiempo indefinido o ya reconducto, es que el mismo fenece en ese momento y se concede un plazo de sesenta días para la desocupación; si ésta no se efectúa, la acción judicial correspondiente queda expedita al arrendador por todo el tiempo que el inquilino siga ocupado la localidad arrendada, pues el aviso de terminación ya está dado; por tanto, la acción judicial de terminación, no puede ser extemporánea porque se haga con posterioridad a diez días a la fecha del vencimiento del plazo concedido por la ley para desocupar, pues el efecto de la notificación de terminación no es que el contrato por tiempo indefinido o ya reconducto se torne nuevamente en determinado por cuanto hace a su duración.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812036-362bce4c/arrendamiento-por-tiempo-indefinido-efectos-de-la-notificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 222/87. Rosa Antonieta Caballero Díaz. 29 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Roldán Velázquez. Secretario: José Luis Guerrero García.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis