FIANZAS. FECHA EN QUE COMIENZA A CORRER EL TERMINO PARA LA PRESCRIPCION.
La exigibilidad de un crédito fiscal, que ha sido materia de recurso, se suspende en tanto no se dicta la resolución administrativa que lo resuelve en sentido negativo, por lo que para el cómputo del término para la prescripción de una póliza de fianza, debe partirse de la fecha en que sea exigible el crédito fiscal en ella garantizado, y no la fecha de expedición de la póliza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812225-965097ac/fianzas-fecha-en-que-comienza-a-correr-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1234/65. Afianzadora Cossío, S. A. 6 de junio de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
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