FIANZAS. PRESCRIPCION, TERMINO DE LA.
El término para que opere la prescripción de una fianza se inicia a partir de la fecha en que el crédito es legalmente exigible; sin embargo el requerimiento de cobro se concede a la fiada una prórroga para cubrir el crédito, el término citado se inicia a partir de la fecha en que éste es legalmente exigible, esto es, a partir del día siguiente al en que feneció dicha prórroga y no desde la fecha en que se le notificó a la fiada el requerimiento de cobro.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231382-c99267d3/fianzas-prescripcion-termino-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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