POLIZA DE SEGURO DE VIDA ESTIPULADA EN EL CONTRATO COLECTIVO DEL TRABAJO,
La acción relativa exigiendo el pago del importe del citado seguro es de carácter laboral y, por consiguiente, el conocimiento de tal acción compete a las autoridades del trabajo y no a las civiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812866-4504088a/poliza-de-seguro-de-vida-estipulada-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 143/57. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Permanente número 21, con residencia en San Luis Potosí, y el Juez Primero del Ramo Civil de la misma ciudad. 24 de junio de 1958. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Primera Parte, página 33, tesis de rubro: "CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO. COMPETENCIA EN CASO DE ESTIPULACIONES DE LOS."
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