APELACION.
Cuando el sentenciado con sus agravios provoca que el tribunal entre a un estudio total de los elementos probatorios, no se violan las normas reguladoras del recurso, aun cuando se formulen consideraciones distintas de aquellas en que se funda la sentencia de primera instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812962-4cffbac7/apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1386/58. Jorge Mhoon Sosa. 3 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Secretario: Rafael Murillo.
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