REINCIDENCIA Y TEMIBILIDAD.
Si en lo primero se sanciona específicamente al acusado porque a pesar de haber sido objeto de perquisición, de acusación y de condena que implica tratamiento al cumplirla, demuestra su incorregibilidad y su desprecio frente a toda acción del Estado, en tanto que los mínimos y máximos se regulan por la peligrosidad general, no puede prosperar la tesis de que un mismo factor sirva dos veces como agravación cuando primero los jueces razonan su arbitrio para escoger al máximo y después hacen aumento por reincidencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813118-cb94575b/reincidencia-y-temibilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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