CONFESION CALIFICADA.
Si el imputado reconoce, sin eludir su culpabilidad, haber privado de la vida a uno de los pasivos de la infracción, pero no a tres, y señala que dos de éstos fueron muertos por otro codelincuente, y no hay dato en el proceso que acredite que hubiera obrado por venganza, la responsable debió conceder valor probatorio a dicha declaración confesoria en la parte justificativa de su conducta, en razón de que no está contradicha, sino corroborada con testimonio, y por lo tanto el fallo que no le dio tal carácter, es violatorio de garantías constitucionales, determinando tal particularidad la concesión del amparo para efectos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813592-2c8ad75e/confesion-calificada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONFESIÓN CALIFICADA.- (485)
- CONFESIÓN CALIFICADA. (938)
- CONFESION CALIFICADA. (468)
- CONFESION CALIFICADA. (VI.2o. J/116)
- CONFESION CALIFICADA. (s/clave)
- CONFESION DEL IMPUTADO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis