CONTESTACION A LA DEMANDA.
El artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo impone al demandado en un juicio laboral el deber de formular su contestación refiriéndose a todos y cada uno de los hechos que comprende la demanda, para admitirlos, negarlos, expresar lo que ignore si no son propios o relatarlos como crea, que hayan tenido lugar, en la inteligencia de que si no lo hace así, conforme a la interpretación que a ese precepto ha dado la Suprema corte los hechos deben tenerse como admitidos. Por lo mismo, si en la contestación el demandado se limita a manifestar que no está obligado a pagar lo que se le reclama, sin controvertir los hechos en que se funda la demanda, la condena que es consecuencia de la certeza de tales hechos no puede considerarse violatoria de garantías en su perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813826-67c142eb/contestacion-a-la-demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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