FALTAS INJUSTIFICADAS AL TRABAJO.
No corresponde al patrón que despide a un trabajador por haber faltado injustificadamente a sus labores, la prueba de la injustificación de las faltas, sino que toca al trabajador acreditar que las mismas fueron motivadas por una causa justificada. Por otra parte, el aviso dado por el patrón a la Junta respectiva de que un trabajador faltó a sus labores, no es prueba suficiente de ese hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814021-e95ead9b/faltas-injustificadas-al-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1827/60. 13 de noviembre de 1961. La publicación no menciona el nombre del promovente, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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