ARBITRIO JUDICIAL.
Como no fue razonado el arbitrio judicial para la individualización de la pena, por la Séptima Sala, cuya sentencia es la que viene a fijar en definitiva la penalidad correspondiente al quejoso. La peculiaridad de haber razonado en su fallo la Tercera Corte Penal, en términos suficientemente amplios y fundados, no exime al tribunal de alzada de establecer mediante el análisis de las circunstancias personales que concurran en el reo, la individualización de la pena, porque ningún criterio puede sustituirse al propio y personal del sentenciador que establece la verdad legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814150-1d0c3dc1/arbitrio-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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