AUTO DE FORMAL PRISION.
En él no debe hacerse mención del grado de responsabilidad del acusado, que no es posible establecer sino en posesión de todos los datos que arroje el proceso, al pronunciar la sentencia que le ponga fin.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814154-80b0b482/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión 9014/40. Pedro Chavela Gómez. 8 de marzo de 1941. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis