DELITO INTENCIONAL.
Si existió el propósito lesivo por parte del agente activo del delito de causar un daño a la víctima, el ilícito tiene las características de intencional, por haber concurrido el dolo, aun cuando ese agente no hubiere previsto las consecuencias del hecho que se iba a ejecutar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814188-8c71b799/delito-intencional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1733/52. Guevara Valentín. 10 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis G. Corona.
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