ABUSO DE CONFIANZA.
Cuando el imputado deviene al proceso penal como testigo en su propia causa, reconociendo lo antijurídico de su conducta, al disponer de un bien jurídico del que solo tenía la tenencia y no el dominio; la retractación de su parte sin justificación racional alguna, no le releva de culpabilidad jurídico penal, si ésta no suscita en el ánimo del juzgador, duda sobre la autenticidad de la misma, que pudiese traducirse a su vez, en duda sobre la autenticidad de la primera deposición del imputado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814305-824c9530/abuso-de-confianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1285/52. Anacleto Martínez Rubio. 25 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Teófilo Olea y Leyva. Secretario: Enrique Padilla C.
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