AUTOPSIA: LUGAR EN QUE ES IMPOSIBLE PRACTICARLA TECNICAMENTE.
Es lógico admitir y por ello es incuestionable, que en aquellos lugares en que es físicamente imposible que existan los medios técnicos apropiados para ejecutar de manera científica inobjetable la autopsia que manda la ley, no se infringe ésta, si la autopsia deja de practicarse con el rigorismo científico, tanto más si en autos hay elementos que por su objetividad demuestran con certeza que la muerte de una persona se produjo por actos delictuosos. La declaración del procesado no debe ser por este sólo motivo estimada por el juzgador como sospechosa de faltar a la verdad, sino que, como todo elemento de prueba, debe ser examinado y valorizado por el juzgador, confrontándolo con los otros datos probatorios del proceso y de los cuales se puede deducir la veracidad o no, con que se ha producido el indiciado en su declaración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814314-edb49047/autopsia-lugar-en-que-es-imposible-practicarla-tecnicamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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