Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION, RECURSO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 814345 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 90

Los hechos que menciona la recurrente se relacionan con actuaciones dentro del juicio de amparo, sobreseído por el Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito, los que no corresponden a los casos en que se decide sobre la constitucionalidad de una ley o en que se establece la interpretación directa de un precepto de la constitucionalidad que atañen a una resolución irrecurrible, según el artículo 107 fracción IX constitucional, porque se limitan a la declaración de improcedencia de la demanda, impidiendo el estudio del fondo mismo del acto materia del juicio de amparo. Por tanto, no se justifica el recurso de revisión que interpone la quejosa, ni se demuestra que tenga por objeto alguna de las cuestiones que limitativa y expresamente prevé el precepto citado, por el que debe declararse infundada su reclamación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814345-99495bd2/revision-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Reclamación 7923/59. Betancourt de Rojas Julia. 5 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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