PRUEBA PRESUNTIVA.
Los tribunales según la naturaleza de los hechos, la prueba y el enlace más o menos necesario que exista entre la verdad conocida y la que se busca, apreciarán en conciencia el valor de las presunciones, hasta el grado de poder considerar que en su conjunto forman prueba plena, y la estimación que de esta prueba hagan los tribunales, no amerita la concesión del amparo, si no se ha hecho aplicación indebida de los principios reguladores de ese medio de convicción o se ha alterado la verdad de los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814693-643ee3b0/prueba-presuntiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2881/53/1a. López Castellanos Darío. 9 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA PRESUNTIVA. (s/clave)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (s/clave)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (s/clave)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (270)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (546)
- PRUEBA PRESUNTIVA, APRECIACION DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis