JUICIOS DE AMPARO.
Las resoluciones del Poder Ejecutivo, en materia agraria, son enteramente firmes, pues participan del carácter de las resoluciones judiciales, que, por crear o extinguir derechos, producen los efectos de la cosa juzgada, y no pueden ser modificadas ni revocadas, ni aun por el mismo presidente de la República, porque violarían derechos creados, de carácter patrimonial, y no tendría estabilidad la propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814845-f9a3ebb6/juicios-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
José O. Menchaca, Matilde Cervantes y coagraviados, Jesús C. Gómez, sucesión de Antonio Couttolenc, Ramón Rodríguez.
Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.
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