MULTAS IMPUESTAS POR LOS DELEGADOS SANITARIOS.
Es improcedente el amparo contra la multa impuesta por un delegado sanitario federal, porque tiene el recurso de revisión ante el jefe del departamento, conforme a los artículos 497 y 499 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos; y si el propio jefe del departamento es el que impone la multa, es así mismo improcedente el amparo que contra ella se promueva, puesto que el artículo 500 del mismo código, establece el recurso de reconsideración contra dicha multa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814896-0f0b9380/multas-impuestas-por-los-delegados-sanitarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 2089/29. Salvador García. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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