DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD, MULTAS DEL.
De conformidad con el artículo 500 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, cuando a una persona se le impone una multa por las autoridades sanitarias, tiene derecho de solicitar, ante el jefe del Departamento de Salubridad, la reconsideración, con objeto de obtener su revisión o modificación. En consecuencia, en contra de la aplicación de multas de esta clase, no es procedente el juicio de garantías, toda vez que existe un remedio ante la potestad común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363101-b96e8cf2/departamento-de-salubridad-multas-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2615/28. Perea Francisco. 4 de marzo de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
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