SOBERANIA LOCAL.
Es inexacto que se viole la soberanía de un Estado con que el Juzgado de Distrito respectivo conozca y resuelva la controversia suscitada entre aquél y un vecino del Distrito Federal; porque si bien es cierto que los Estados son libres y soberanos en lo que concierne a su régimen interior, la Constitución Federal establece limitaciones a su soberanía, que han sido aceptadas por cada una de aquéllas precisamente para evitar conflictos que pongan en peligro la subsistencia de la Federación; de modo que, cuando entra en juego una norma constitucional restrictiva de la soberanía local ésta queda incólume.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815958-f31c2b5d/soberania-local · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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