LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA SAL Y SU REGLAMENTO.
Las disposiciones de los artículos 24, 25 y 26 del reglamento citado, sobre concurrencia de sal, en plazos determinados, debe regir situaciones normales y no los casos de fuerza mayor, tales como embargo del producto, ya que este hecho impide concurrir con la oportunidad debida; por tanto, debe estarse a los términos del artículo 13 del referido reglamento, pero sin tomar en cuenta la preferencia que establece; pues proceder de otro modo, sería restar el producto de la economía pública y consiguientemente, en perjuicio del productor sin que el acto esté debidamente fundado y motivado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816357-249308d0/ley-del-impuesto-sobre-la-sal-y-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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