MULTAS.
El aspecto fiscal de la ejecución o cobro de una multa, no surte la competencia del Tribunal Fiscal, si no es en el caso de la fracción V del artículo 14 de la Ley de Justicia Fiscal, que se refiere al ejercicio de la facultad economicocoactiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816616-a4e321bb/multas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 722/38. Compañía Minera "Asarco", S. A. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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