REIVINDICACION.
La acción reivindicatoria procede contra quien está en posesión del predio cuya reivindicación sea demandada y contra esto nada significa que la parte demandada no posea a título de dueño, porque esto no es un requisito que exprese el artículo 4o., del Código de Procedimientos Civiles para la procedencia de la acción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816911-6ce26913/reivindicacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4869/44. Jurado viuda de López Nemesia. 20 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- REIVINDICACION, ACCION DE. (s/clave)
- REIVINDICACION. (s/clave)
- ACCION REIVINDICATORIA, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION REIVINDICATORIA. (s/clave)
- REIVINDICACION. (s/clave)
- REIVINDICACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis