REIVINDICACION.
No es verdad que el artículo 4o. del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, exija para la procedencia de la acción reivindicatoria, que se demande previamente la nulidad del título en que pueda apoyarse quien detenta el bien.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352054-e3e74dac/reivindicacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8326/41. Mendoza viuda de Romero Petra. 13 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.
Jurisprudencia relacionada
- REIVINDICACION. (s/clave)
- ACCION REIVINDICATORIA. NO SE REQUIERE QUE UN TITULO DE PROPIEDAD ESTE INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD PARA LA PROCEDENCIA DE LA. (I.1o.C.7 C)
- ACCIÓN REIVINDICATORIA. NO SE REQUIERE QUE UN TÍTULO DE PROPIEDAD ESTÉ INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD PARA LA PROCEDENCIA DE LA.- (547)
- REIVINDICACION, PRUEBA DE LA PROPIEDAD EN LOS JUICIOS DE. (s/clave)
- ACCION REIVINDICATORIA, IMPROCEDENCIA DE LA, POR EXPROPIACION DEL BIEN. (s/clave)
- ACCION REIVINDICATORIA, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis