PRUEBAS EN LA APLICACION.
La resolución de un tribunal de apelación que al aplicar el Código Federal de Procedimientos Penales desecha las pruebas promovidas en tiempo y forma por el acusado, implica una violación a la fracción V del artículo 20 constitucional, en relación con la VI del artículo 160 de la Ley de Amparo, pues aun cuando es verdad que el recurso de apelación tiene por objeto examinar si el fallo de primera instancia se aplicó inexactamente la ley, si se violaron los principios reguladores de la valorización de la prueba o si se alteraron los hechos, esto no indica que ese propósito excluya la práctica de diligencias probatorias que el acusado constitucionalmente tiene derecho a promover y las cuales, por el contrario, pueden servir precisamente para alcanzar los objetivos específicos del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817172-202245ad/pruebas-en-la-aplicacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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