APLICACION DE LA FRACCION XI DEL ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL.
La sanción a que alude la fracción XI, antes citada, sólo puede aplicarse a la autoridad responsable, cuando tratare de eludir la sentencia de la autoridad federal. Si la autoridad dio debido cumplimiento, oportunamente, a la ejecutoria de amparo, y por otra parte, se le atribuye falta de cumplimiento por actos de una autoridad distinta de aquélla, y aun más, por no ejecutar un acto enteramente ajeno a dicha ejecutoria, es notorio que no cabe aplicar la disposición de la fracción XI del artículo 107 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817262-723d8200/aplicacion-de-la-fraccion-xi-del-articulo-107 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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