RECURSO QUE NO ES PRECISO AGOTAR ANTES DEL AMPARO. LO ES EL QUE CONSAGRA LA LEY DE LA FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA CUANDO LA DEMANDA DE AMPARO FUNDAMENTALMENTE SE ENDEREZA CONTRA LA LEY QUE ESTABLECE UNA PRESTACION CUYO COBRO SE EXIGE COACTIVAMENTE.
Los artículos 27, 29, 30 y demás relativos a la Ley para el Ejercicio de la Facultad Económicacoactiva de 9 de mayo de 1928, estatuyen, que previamente al juicio de amparo, la parte quejosa deberá agotar el recurso o medio de defensa o de oposición en favor de sus intereses; y que dicho recurso ordinario solamente puede interponerse en contra de los adeudos fiscales exigibles administrativamente; pero como en el caso se advierte que esos adeudos, no son el objeto exclusivo de los juicios de garantías respectivos, ya que la materia del acto reclamado la constituyen principalmente la Ley de Planificación para el Municipio de Monterrey y Adyacentes y el decreto sobre la ampliación de la calle General Terán de la propia ciudad de Monterrey, de los cuales son consecuencia los cobros que se hacen a los quejosos, es evidente que en la especie no se combate el procedimiento economicocoactivo como tal, sino porque a través de él se aplicaron a los quejosos las leyes cuya constitucionalidad se discute, y en tal concepto, al reclamarse principalmente éstas y no aquélla, resulta inconducente lo aseverado por las autoridades responsables recurrentes, de que deba agotarse previamente al juicio de amparo, el recurso o medio de defensa a que se refiere concretamente la Ley de la Facultad Economicocoactiva de que se a hecho mención. En consecuencia la causa de improcedencia alegada por las recurrentes es infundada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817275-af7a3f4b/recurso-que-no-es-preciso-agotar-antes-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ADEUDOS FISCALES, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA EL COBRO DE (LEGISLACION DE VERACRUZ). (s/clave)
- ADEUDOS FISCALES, RECURSO QUE NO DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO, CONTRA EL COBRO DE (LEGISLACION DE GUERRERO). (s/clave)
- AMPARO. PROCEDE CONTRA COBROS FISCALES SIN NECESIDAD DE AGOTAR LOS RECURSOS ORDINARIOS O EL JUICIO DE NULIDAD, PORQUE EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EXIGE MAYORES REQUISITOS QUE (25 (H))
- EMBARGOS FISCALES, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LOS (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- AMPARO. PROCEDE CONTRA COBROS FISCALES SIN NECESIDAD DE AGOTAR LOS RECURSOS ORDINARIOS O EL JUICIO DE NULIDAD, PORQUE EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EXIGE MAYORES REQUISITOS QUE (238)
- FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA, CONTRA SU APLICACION ES IMPROCEDENTE EL AMPARO, SI NO SE AGOTA PREVIAMENTE EL JUICIO DE OPOSICION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis