CONTRA UNA SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, NO ES IMPROCEDENTE.
Como la expresada sentencia del Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación, aunque se haya pronunciado con motivo de la queja interpuesta contra la sentencia de la Cuarta Sala del mismo tribunal, por la cual se declaró la nulidad de un avalúo y de la liquidación consiguiente, es sin duda, una mayor sentencia definitiva dictada en el propio juicio de nulidad, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estima comprendido el caso en los términos del artículo 1o. de la ley de veintinueve de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, que creó el recurso de revisión de las sentencias del aludido Tribunal Fiscal de la Federación, en los juicios de nulidad promovidos contra las resoluciones de las autoridades del Departamento del Distrito Federal; por lo que debe confirmarse el auto reclamado que mandó tramitar el recurso de revisión contra la citada sentencia del Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817295-c07621c6/contra-una-sentencia-del-pleno-del-tribunal-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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