ENERGIA ELECTRICA. CONSUMO ILEGAL DE.
Para aplicar la sanción que establece el artículo 47, fracción II de la Ley de la Industria Eléctrica, no basta demostrar que hay en el medidor una alteración que hace posible, si se instala una falsa tierra, el consumo ilícito de energía eléctrica, sino que es preciso acreditar que existió de hecho ese consumo ilícito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817608-d69c031b/energia-electrica-consumo-ilegal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 9351/45. Haro Partido Elena Luisa. 27 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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